La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), nos da una explicación más precisa sobre Propiedad Intelectual: La propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio.
La Propiedad Intelectual en la mayor parte de los Países del Mundo, se encuentra regulada por las leyes nacionales y en algunos casos por tratados y convenios internacionales; que permiten conceden los derechos de propiedad intelectual, en donde se establecen los mecanismos de apropiación, conservación, defensa y transferencia de estos derechos; así como los organismos especializados que se encargarán de administrar y conceder a nombre del País; los derechos correspondientes.
Los derechos de propiedad intelectual, son prerrogativas que conceden el uso exclusivo de las creaciones que hemos materializado, así como el derecho de poder explotar, licenciar o transferir estas creaciones a terceros.
La propiedad intelectual puede dividirse en dos categorías importantes a saber: Derechos de Autor y Propiedad Industrial.
Los derechos de autor, están encaminados además de reconocer, a proteger a los creadores (autores) de las obras artísticas o literías, mediante el goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial.
Estas prerrogativas y privilegios se conocen como derechos morales y patrimoniales respectivamente.
En México, el Estado se reconoce como figuras de derechos de autor, principalmente, las siguientes: